Propiedad Horizontal
Necesidad de autorización para realizar obras de unión de elementos comunes de dos comunidades diferentes
Una propietaria tenía dos locales comerciales dentro de un edificio en régimen de propiedad horizontal. Sin pedir autorización a la comunidad de propietarios, tiró aproximadamente dos tercios del muro de la fachada trasera (un elemento común) para poder comunicar esos locales con una nave que pertenecía a otra comunidad de propietarios. Es decir, no era solo una reforma interior del local, con el derribo consiguió una unión “de hecho” entre inmuebles que están en comunidades diferentes, alterando la configuración original del edificio.
La comunidad demandó a la propietaria para que se declarase ilegal el derribo y se le obligara a reconstruir el muro y a dejar de usar en exclusiva esa zona afectada. En primera instancia, la demanda se desestimó aplicando una idea que aparece en algunos casos, cierta “flexibilidad” cuando los cambios en fachadas se hacen en locales comerciales y no afectan a la seguridad, a la estructura general ni perjudican a terceros.
Sin embargo, la Audiencia Provincial corrigió esa decisión porque como la obra se hizo sin consentimiento de la comunidad, condenó a la propietaria a reponer el muro a su costa (aclarándose después que el plazo concreto se fijaría en la ejecución de sentencia).
La propietaria acudió al Tribunal Supremo (TS) alegando que no hacía falta unanimidad para abrir un hueco en una fachada posterior sin visibilidad y sin afectar a la estructura. Pero el TS no le dio la razón, aquí no se trataba de un cambio menor o de adaptación del local (como puertas, ventanas o rótulos), sino de un derribo importante del cerramiento para unir locales con una finca de otra comunidad, sin permiso ni respaldo en estatutos o en el título constitutivo. Por eso, confirma que era necesaria autorización comunitaria y mantiene la condena a reponer el muro.
Si usted se encuentra afectado por una situación similar a esta nuestro despacho está a su disposición para cualquier duda que se le plantee al respectoCONTENIDO RELACIONADO
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